El Gobierno argentino oficializó este viernes el proyecto de ampliación del Puerto Nuevo en Buenos Aires, que transformará las actuales cuatro terminales de contenedores en una sola, siguiendo la tendencia internacional de concentrar la operación portuaria en un único concesionario por puerto. La medida quedó establecida mediante el decreto 602/2025, publicado en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Javier Milei y del ministro de Economía, Luis Caputo.
El plan incluye además la construcción de un muelle exclusivo para cruceros y el desarrollo de un área comercial y turística en los espigones 4 y 5. La Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN), recientemente constituida como autoridad portuaria nacional, será la encargada de ejecutar y administrar el proyecto. El decreto también establece el fin de la antigua Administración Nacional de Puertos (AGP), que ya había sido disuelta, pero se reactivó mientras se formaba la actual ANPYN, a la cual le otorga todas las potestades y la pone oficialmente a cargo de la iniciativa.
La resolución contempla los siguientes puntos principales:
- Artículo 1°: Deroga el Decreto N° 299 del 5 de junio de 2023.
- Artículo 2°: Establece que la derogación no afecta la validez de la Resolución N° 502/23 del ex Ministerio de Transporte ni de los acuerdos contractuales firmados en 2023 con las concesionarias Terminales Río de la Plata S.A. y Terminal 4 S.A., que seguirán vigentes.
- Artículo 3°: Aprueba el ámbito y la delimitación de las áreas destinadas al nuevo proyecto de infraestructura portuaria, según el esquema incluido como anexo al decreto.
- Artículo 4°: Faculta a la ANPYN a coordinar con otros organismos estatales para la realización de estudios de impacto ambiental y la definición de los procedimientos correspondientes, conforme a la Ley General del Ambiente.
- Artículo 5°: Dispone la unificación de las concesiones de las terminales 1, 2 y 3 de Puerto Nuevo en una sola, manteniendo las demás condiciones contractuales vigentes.
- Artículo 6°: Otorga a la ANPYN la calidad de concedente de los contratos de las terminales 1, 2, 3 y 4, con las facultades y competencias correspondientes.
- Artículo 7°: Instruye a la ANPYN a convocar Iniciativas Privadas para la construcción de la nueva terminal de cruceros y el área comercial y turística en los espigones 4 y 5, de acuerdo al diseño oficial presentado.
- Artículo 8°: Autoriza a la ANPYN a dictar los actos administrativos necesarios para implementar lo dispuesto en el decreto.
- Artículo 9°: Establece la entrada en vigencia del decreto al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.
- Artículo 10°: Notifica a la concesionaria Terminales Río de la Plata S.A. a través de la ANPYN.
- Artículo 11°: Ordena comunicar, publicar, registrar y archivar la resolución