La Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN) creó, mediante la Resolución 47/2026, el Consejo de Control de la Vía Navegable Troncal (VNT), un nuevo ámbito institucional destinado al seguimiento, monitoreo y análisis del funcionamiento del principal corredor fluvial de la Argentina.
La medida también aprobó el Estatuto que regulará su funcionamiento y se produce en el inicio de una nueva etapa para la VNT, luego de la adjudicación de la concesión para la modernización, ampliación, operación y mantenimiento del sistema de señalización y las tareas de dragado, redragado y mantenimiento.
El objetivo es generar un espacio de participación entre el Estado nacional, las provincias y los usuarios vinculados al sistema, facilitar el intercambio de información, identificar tempranamente problemas operativos e incorporar conocimiento técnico proveniente de los diferentes actores.
Sin embargo, el Consejo tendrá carácter consultivo. Las competencias técnicas, regulatorias y contractuales vinculadas al control de la concesión continuarán siendo ejercidas exclusivamente por la ANPYN como Autoridad de Aplicación y sus recomendaciones no serán vinculantes.
Una amplia representación dividida en cuatro sectores
El Consejo estará organizado en cuatro sectores: representantes de las provincias; usuarios del sistema; áreas técnicas y sociales; y representantes de la Autoridad de Aplicación y Control.
Entre las provincias estarán representadas Santa Fe, Entre Ríos, Misiones, Corrientes, Formosa, Chaco y Buenos Aires.
También participarán representantes de la Bolsa de Comercio de Rosario, el sector agroindustrial, la Unión Industrial Argentina, la Sociedad Rural Argentina, las terminales portuarias, los armadores y operadores del transporte fluvial de los tramos norte y sur, los agentes marítimos de buques y la denominada “carga Brasil”.
A ellos se sumarán representantes del Sindicato de Personal de Dragado y Balizamiento, la Prefectura Naval Argentina, la Cámara Argentina de Actividades de Practicaje y Pilotaje, el Servicio de Hidrografía Naval y la propia ANPYN.
Dentro de esta composición no se estableció una representación específica para los municipios y ciudades portuarias ubicados sobre la Vía Navegable Troncal, entre ellos los que forman parte del complejo portuario y agroexportador del Gran Rosario, como San Lorenzo, Puerto General San Martín y Timbúes.
Las representaciones tendrán una duración de dos años y podrán renovarse por un período adicional de igual extensión. Todos los integrantes ejercerán sus funciones ad honorem.
Cuatro sectores y cuatro votos
Pese a la cantidad de actores que integrarán el organismo, el sistema de votación estará concentrado en los cuatro sectores.
Cada uno deberá designar un representante titular y uno suplente encargado de ejercer el voto en el Plenario. Los demás miembros podrán participar a través de sus apoderados con voz, pero sin voto.
Las recomendaciones serán aprobadas por mayoría simple de los sectores presentes. En caso de empate, el representante de la ANPYN contará con voto dirimente.
La Presidencia será ejercida por el director ejecutivo de la Agencia, mientras que la Vicepresidencia quedará en manos de uno de los representantes provinciales, elegido por mayoría simple entre las provincias.
Además, la Resolución 47/2026 designó a Carlos Alberto Ferrari como secretario ejecutivo del Consejo, también con carácter ad honorem.
La ANPYN mantendrá el control de la concesión
Uno de los aspectos centrales del Estatuto es la separación entre las funciones del nuevo Consejo y las facultades de la Autoridad de Aplicación.
El organismo podrá analizar el funcionamiento de la VNT y formular recomendaciones, pero el control técnico, regulatorio y contractual del sistema concesionado permanecerá exclusivamente en manos de la ANPYN.
Incluso las recomendaciones aprobadas por el Plenario deberán atravesar distintas instancias antes de convertirse en una posición institucional del Consejo.
Las propuestas serán analizadas por la Secretaría Ejecutiva desde el punto de vista administrativo, técnico y jurídico. Esta podrá formular observaciones, solicitar aclaraciones, devolverlas con observaciones fundadas o determinar su inviabilidad antes de elevarlas a la Presidencia.
A su vez, el presidente tendrá la facultad de ejercer el veto institucional sobre las recomendaciones aprobadas por el Plenario. Solo aquellas finalmente formalizadas mediante una resolución de la Presidencia serán consideradas recomendaciones institucionales del Consejo.
Seis comisiones de trabajo
El trabajo técnico estará inicialmente distribuido en seis comisiones: seguimiento del tráfico y régimen económico del sistema; ambiental; seguridad para la navegación y tecnología; infraestructura, obras y servicios asociados; mantenimiento y mejora del sistema; y Desarrollo Federal y Logística Regional.
Estas comisiones tendrán carácter técnico, auxiliar y preparatorio. Podrán elaborar informes, propuestas y recomendaciones preliminares para su eventual tratamiento por el Plenario.
También podrán contar con asistencia técnica específica e incorporar, en calidad de expositores, a personas, empresas, organismos o entidades públicas y privadas cuando la temática analizada así lo requiera.
El presidente podrá además crear nuevas comisiones permanentes, temporales o destinadas al tratamiento de asuntos específicos.
Reuniones cada dos meses e información sobre la VNT
El Plenario se reunirá de manera ordinaria cada dos meses, aunque podrán convocarse sesiones extraordinarias ante situaciones de urgencia o cuando lo solicite la mayoría de los sectores.
Las sesiones podrán realizarse de manera presencial, híbrida o virtual. El Estatuto también contempla la posibilidad de celebrar encuentros en distintas provincias mediante un criterio de rotación territorial.
Para sesionar se requerirá la presencia de la mayoría simple de los apoderados o representantes, según se trate del Plenario o de las comisiones de trabajo.
Con la misma periodicidad bimestral, la ANPYN deberá presentar al Consejo información institucional vinculada al funcionamiento de la Vía Navegable Troncal.
Los reportes podrán incluir el estado general de la navegación y las condiciones operativas, el desarrollo de las obras y servicios asociados, los programas de mantenimiento y mejora, los planes de inversión, la evolución del tráfico y el régimen económico del sistema.
La información deberá ponerse a disposición de los representantes con una anticipación no menor a diez días respecto de la reunión en la que será tratada.
Actas y recomendaciones serán públicas
El Estatuto incorpora además obligaciones de publicidad y transparencia. Las actas, recomendaciones aprobadas y resoluciones de la Presidencia tendrán carácter público y deberán difundirse en un sitio web específico del Consejo, exceptuando aquella información alcanzada por criterios de confidencialidad comercial, contractual o de seguridad nacional.
La Secretaría Ejecutiva llevará además un registro institucional de las actas del Plenario y de las comisiones, informes, observaciones, dictámenes y resoluciones de la Presidencia.
El funcionamiento operativo todavía deberá ser complementado con un Reglamento Interno, que será elaborado por la Secretaría Ejecutiva y elevado al presidente del Consejo para su aprobación.
Con la creación del nuevo organismo, la ANPYN incorpora una instancia de participación y seguimiento en momentos en que la Vía Navegable Troncal ingresa en una nueva etapa tras la adjudicación de su concesión.
Se trata de una infraestructura estratégica para el comercio exterior argentino: según destaca la propia resolución, a lo largo de su cauce se concentran cerca de 60 terminales portuarias y por la VNT se moviliza aproximadamente el 80% de las exportaciones del país.