El Poder Ejecutivo nacional oficializó este lunes el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 41/2026, mediante el cual se introducen modificaciones al Código Aduanero (Ley 22.415) con el objetivo de simplificar y dar mayor previsibilidad a las operaciones de importación y exportación, en línea con los compromisos asumidos por la Argentina ante la Organización Mundial del Comercio (OMC).
La norma, publicada en el Boletín Oficial, redefine el régimen de resoluciones anticipadas en materia de clasificación arancelaria, valoración y origen de mercaderías, herramientas clave para que importadores y exportadores puedan conocer de antemano el tratamiento aduanero que recibirán sus operaciones.
Según se desprende del decreto, las resoluciones anticipadas permitirán a los operadores solicitar, antes de concretar una importación o exportación, una decisión administrativa vinculante que establezca con precisión la clasificación arancelaria, el valor aduanero o el origen de la mercadería. El objetivo es reducir la incertidumbre, evitar controversias posteriores y acelerar los procesos de despacho.
Uno de los cambios centrales es la delimitación de competencias entre los organismos intervinientes. El servicio aduanero será responsable de emitir las resoluciones vinculadas a clasificación arancelaria y valoración, mientras que las resoluciones anticipadas en materia de origen quedarán bajo la órbita de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía, que podrá delegar esa función en autoridades con competencia específica.
El decreto también fija un plazo máximo de 30 días para la emisión de estas resoluciones. En caso de que la autoridad competente no se expida dentro de ese término, el operador podrá avanzar con la operación, bajo determinadas condiciones y eventualmente con la constitución de garantías, a fin de no paralizar el comercio.
Las resoluciones anticipadas tendrán carácter válido y vinculante para la administración mientras no exista una modificación normativa o un cambio sustancial en los hechos que les dieron origen. No obstante, se mantiene la posibilidad de impugnación por las vías administrativas previstas en el Código Aduanero y en el régimen de procedimientos administrativos.
La medida se fundamenta en la necesidad de adecuar la normativa local al Acuerdo sobre Facilitación del Comercio de la OMC, que promueve la simplificación de trámites, la transparencia regulatoria y la reducción de costos operativos para el comercio internacional. Asimismo, el Ejecutivo argumenta que el nuevo esquema contribuirá a fortalecer la seguridad jurídica y a mejorar la competitividad del sistema logístico y aduanero argentino.
El DNU será remitido a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso, que deberá expedirse sobre su validez, conforme lo establece la Ley 26.122.
Con esta modificación, el Gobierno busca consolidar un marco más ágil y previsible para el comercio exterior, en un contexto de reordenamiento normativo y modernización de los procedimientos aduaneros.