El Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP) de Uruguay concedió a la empresa LHG Mining Uruguay S.A.S., de capitales brasileños, un permiso de ocupación temporal de áreas del álveo del Río de la Plata para realizar operaciones de transbordo ship-to-ship de mineral de hierro frente a las costas de Canelones y Maldonado.
La autorización comprende tres fracciones marítimas ubicadas en zonas de jurisdicción exclusiva uruguaya, a menos de siete millas de la costa, en línea con lo previsto por el Tratado del Río de la Plata. El permiso tendrá una duración inicial de seis meses y permitirá a la compañía realizar pruebas operativas en condiciones reales.
Según surge de la resolución oficial, el objetivo de la empresa es validar en campo los resultados de estudios técnicos previos y determinar cuáles son las áreas más eficientes para reducir interrupciones operativas y optimizar las maniobras de transbordo de mineral de hierro proveniente de Brasil.
El MTOP autorizó la ocupación temporal de dos zonas de aproximadamente 685 hectáreas cada una, identificadas como C2-P2 y C3-P2. La primera se encuentra frente a las costas de Canelones y la segunda frente a Maldonado. Además, en la documentación técnica también figura una tercera área identificada como C4-P2.
Las zonas fueron definidas en el Plano de Mensura elaborado por el ingeniero agrimensor Francisco Gervaz Bardelli en abril de 2026. La Dirección Nacional de Hidrografía informó que no presentó objeciones técnicas al proyecto.
LHG Mining Uruguay S.A.S. integra el grupo brasileño J&F, con fuerte presencia en la minería de hierro y manganeso en la región de Corumbá, en el estado de Mato Grosso do Sul. La compañía ya desarrolla operaciones en terminales y zonas de alijo en Uruguay y ha movilizado millones de toneladas de mineral de hierro a través de la Hidrovía Paraná-Paraguay en los últimos años.
El permiso fue otorgado al amparo de los artículos 4° y 165 del Código de Aguas (Decreto-Ley N° 14.859) y del artículo 251 de la Ley N° 18.172, modificada posteriormente por la Ley N° 18.362. La resolución aclara que la autorización es de carácter temporal y no implica transferencia de dominio sobre el álveo público.