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El Gobierno argentino reglamentó el nuevo régimen de practicaje y pilotaje y avanza en la desregulación del servicio

Publicado 31 julio, 2026
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4 Mins. de lectura

El Gobierno argentino aprobó un nuevo Reglamento de los servicios de practicaje y pilotaje para los ríos, puertos, pasos y canales de la República Argentina, mediante el Decreto 690/2026, con el objetivo de modernizar una normativa vigente desde hace más de tres décadas, incrementar la competencia entre prestadores y reducir los costos logísticos vinculados al comercio exterior.

La nueva reglamentación reemplaza al Decreto 2694/1991, al considerar que sus disposiciones habían quedado desactualizadas frente a los avances tecnológicos en la navegación y a las prácticas internacionales. Según los fundamentos del decreto, varias de las exigencias vigentes se habían transformado en barreras de ingreso para nuevos operadores, favoreciendo conductas anticompetitivas y encareciendo la prestación del servicio.

Entre las principales modificaciones, se establece que los prácticos habilitados podrán ser contratados libremente por los usuarios como profesionales independientes, mientras que la Prefectura Naval Argentina llevará un registro abierto de profesionales, sin limitaciones en la cantidad de habilitaciones. Además, los servicios de transporte terrestre, acuático o aéreo para el embarque y desembarque de prácticos podrán ser contratados libremente por armadores o terceros, eliminando restricciones que, según el Gobierno, incrementaban innecesariamente los costos operativos.

El decreto también introduce cambios en el esquema tarifario. La Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPYN) continuará fijando tarifas máximas para cada tipo de servicio, pero estas deberán incluir todas las maniobras y conceptos propios del practicaje y pilotaje, impidiendo el cobro de adicionales salvo autorización expresa del organismo.

Otra de las novedades es la posibilidad de exceptuar del uso de baqueanos y prácticos a capitanes, argentinos o extranjeros, que acrediten experiencia suficiente en una determinada zona de navegación. Para ello deberán demostrar un número mínimo de viajes realizados en los últimos tres años y obtener el correspondiente certificado de conocimiento de zona emitido por la Prefectura Naval Argentina. También se reconoce la aptitud de capitanes extranjeros que acrediten conocimiento de la zona y dominio del idioma inglés, considerado el idioma universal de la navegación.

El nuevo régimen incorpora además mecanismos para garantizar la continuidad del servicio. En situaciones excepcionales que afecten el funcionamiento del sistema, la Prefectura Naval podrá prestar directamente los servicios de practicaje y pilotaje, requerir la colaboración de la Armada Argentina o autorizar temporalmente a capitanes con certificado de conocimiento de zona para desempeñar esas funciones.

Asimismo, la normativa flexibiliza las condiciones para las embarcaciones destinadas al transporte de prácticos, permitiendo que embarcaciones comerciales con otras certificaciones puedan realizar esa tarea siempre que cumplan con los estándares de seguridad exigidos.

El decreto también impone mayores exigencias de transparencia. Las empresas que ofrezcan servicios de practicaje, pilotaje, baquía o transporte asociado deberán publicar mensualmente sus tarifas y remitir información trimestral a la ANPYN y a la Autoridad Nacional de la Competencia sobre los servicios prestados y los precios acordados.

Con esta reforma, el Ejecutivo sostiene que busca adecuar el sistema argentino a estándares internacionales, fortalecer la competencia, asegurar la continuidad de un servicio considerado esencial para la seguridad de la navegación y contribuir a mejorar la competitividad del comercio exterior argentino.

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Etiquetas Anpyn, Argentina, Prácticos
fiorella vigorito 31 julio, 2026
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