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Fallo judicial frena dragado en la hidrovía y expone debilidades ambientales del proceso licitatorio

Publicado 7 agosto, 2025
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4 Mins. de lectura

La Cámara Federal de Rosario hizo lugar a un recurso de abogados ambientalistas y dejó en evidencia que el proceso de licitación de la hidrovía podría trabarse por falta de estudios ambientales adecuados. El sector agroexportador, principal usuario de la vía, quedó en offside.

Un reciente fallo de la Sala B de la Cámara de Apelaciones de la Justicia Federal de Rosario reavivó el debate ambiental en torno a la hidrovía Paraná-Paraguay. Según informa Mariano Galíndez en Rosario3, el tribunal hizo lugar a una medida cautelar presentada por la Asociación de Abogados Ambientalistas, que había objetado la falta de estudios de impacto ambiental en un tramo frente a la ciudad de Ramallo, donde se autorizó un nuevo canal de navegación para buques de ultramar sin la debida evaluación técnica previa.

El fallo, firmado por los jueces Aníbal Pineda y Élida Vidal el pasado 4 de julio, ordena suspender el uso de esa traza alternativa –ubicada entre los kilómetros 315 y 326 del río, sobre el brazo derecho del Paraná– hasta tanto se presenten informes ambientales completos. Además, requiere a la Administración General de Puertos (AGP) que entregue un detalle de las obras realizadas, los ajustes de traza efectuados, y los estudios ambientales correspondientes, incluyendo si se cumplió con el proceso participativo que exige la legislación vigente.

Según los ambientalistas, el sector afectado incluye humedales, playas y áreas turísticas de alto valor ecológico. El dragado sin estudios ni participación ciudadana, alertan, podría causar erosión, pérdida de biodiversidad, dispersión de contaminantes y afectar la provisión de agua potable en la zona.

El fallo no solo frena una obra puntual, sino que pone en jaque al nuevo proceso licitatorio de la hidrovía que prepara el gobierno nacional. La agroindustria –principal usuaria de la vía navegable– parece transitar con la guardia baja un terreno cada vez más normado y judicializable.

Uno de los puntos críticos es que el esquema actual prevé avanzar con la concesión a un operador privado sin contar con una Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) integral previa. La idea es que sea el futuro concesionario quien, obra por obra, vaya presentando los estudios correspondientes. Aunque ese modelo tiene respaldo del sector privado –incluyendo la Bolsa de Comercio de Rosario, que propone avanzar con profundizaciones graduales–, el fallo judicial vuelve a poner sobre la mesa una pregunta clave: ¿puede haber licitación sin EIA previa?

Hoy existe un marco normativo mucho más estricto que en la licitación original de los años 90, con leyes nacionales y provinciales sobre biodiversidad, gestión ambiental del agua, residuos peligrosos, bosques nativos y participación ciudadana. A esto se suma que si bien la navegación es facultad federal, los recursos naturales pertenecen a las provincias ribereñas, lo que multiplica la complejidad legal.

El antecedente más claro lo dio la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA), que en su informe sobre el anterior intento de licitación ya había advertido que la falta de EIA previa podía afectar la legalidad del proceso. Ahora, con este nuevo fallo, esa advertencia se materializa: si no se respetan las exigencias ambientales actuales, cualquier presentación judicial –como la que tuvo éxito en Ramallo– podría frenar nuevamente el avance de las obras.

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Etiquetas #Hidrovía, Hidrovia Paraná-Paraguay
estelita ojeda 7 agosto, 2025
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